Portafolio de Serivios de Bienestar
Entérate de los beneficios que tiene el Fondo de Empleados Goretti para ti
Productos de Auxilios de Solidaridad
El Fondo de solidaridad tiene como objetivo conceder a los asociados solicitantes que cumplan los requisitos, una ayuda económica, dentro de los lineamientos establecidos en el Reglamento del Fondo de bienestar:
Detalle | Requisitos | Valor del Auxilio | Fecha límite para solicitarlo |
1. Por fallecimiento del asociado. | a. Acta de defunción b. Certificado de defunción. c. fotocopia de cedula, acta de matrimonio o Registro civil (según beneficiarios) | El auxilio será de (6) seis salarios mínimos mensuales vigentes al momento del fallecimiento. | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
2. Por fallecimiento de los padres, cónyuge o compañero (a) permanente e hijos del asociado. | a. Acta de defunción b. Certificado de defunción. c. Registro civil de nacimiento o acta de matrimonio (según beneficiarios del auxilio) | Auxilio será de (1) un salario mínimo mensual vigente al momento del fallecimiento. | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
3. Por hospitalización del asociado. | a. Epicrisis. | Un auxilio diario equivalente al 3% del salario mínimo mensual vigente al momento de la hospitalización y hasta por el término de 20 días continuos o discontinuos por una vez al año calendario. | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
4. Por diagnóstico de enfermedad terminal del asociado | a. Historia Clínica. | La cuantía del auxilio será de (5) cinco salarios mínimos mensuales vigentes en la fecha que el médico de la IPS expida la certificación | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
5. Por invalidez del asociado | a. Historia Clínica. | La cuantía del auxilio será de (5) cinco salarios mínimos vigentes en la fecha que el médico de la IPS expida la certificación | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
6. Por enfermedad grave del asociado, sus hijos, padres o cónyuge o compañero (a) permanente | a. Epicrisis b. soportes de los pagos de los tratamientos realizados. | un auxilio hasta de tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes en la fecha que el médico expida la certificación, siempre que se demuestre que los costos de los tratamientos médicos y quirúrgicos no los cubra una EPS, ARS o una ARL | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
7. Por accidente con consecuencias graves de salud, que sufra el asociado, sus padres, cónyuge o compañero (a) permanente o hijos | a. Epicrisis b. soportes de los pagos de los tratamientos realizados. | Un auxilio hasta de tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes en la fecha que el médico de la IPS expida la certificación, siempre que se demuestre que los costos de los tratamientos médicos y quirúrgicos no los cubra una EPS, ARS, o una ARL | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
8. Por daños en la casa o apartamento propio (a), donde reside habitualmente el asociado causados por: incendio, inundación, movimiento telúrico o cualquier evento que cause destrucción parcial o total de la vivienda | a. Carta de solicitud b. Registro de evidencia de la afectación a la vivienda. | Un auxilio hasta por tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes al momento del siniestro según evaluación de la gravedad de los daños por parte de una comisión designada por la Junta Directiva | Se podrán hacer efectivos dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ocurrencia del suceso. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho |
Productos de Auxilios de Educación
Las actividades de educación tienen por objetivo atender equitativamente las necesidades de formación, capacitación en educación formal y educación para el trabajo y desarrollo humano de los asociados, sus beneficiarios y empleados del FEG.
Detalle | Requisitos | Cuantía | Fecha límite para solicitarlo | ||||||||||||||||||||||||||
a. Los estudios de educación formal del asociado, se apoyarán con el 50% de la tasa general de interés corriente y con el 25% de la tasa general de interés corriente a su cónyuge o compañero (a) permanente, hijos hermanos y sobrinos. Los asociados que cubren sus estudios sin recurrir al crédito educativo del FEG | Fotocopia del Recibo pagado de la matricula dentro de los 30 días siguientes a la fecha del pago de matrícula. | Recibirán un apoyo equivalente a la tasa de interés subsidiada calculada con base en el valor pagado por matrícula hasta los topes máximos establecidos en el reglamento de ahorro y crédito para la modalidad de crédito educativo, simulando una amortización a seis 6 meses | Redimible dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha del pago de matrícula. Pasado este lapso de tiempo se perderá el derecho | ||||||||||||||||||||||||||
b. En las actividades educativas promovidas directamente por el FEG por intermedio del Comité de Bienestar | Los solicitados por el Comité de Bienestar. |
| Según las Actividades Programadas | ||||||||||||||||||||||||||
c. Las actividades educativas promovidas por el FEG a solicitud de los asociados | Los solicitados por el Comité de Bienestar |
| Según las Actividades Programadas | ||||||||||||||||||||||||||
d. Se entregará en el mes de enero de cada año un bono educativo | Se entregará a todos los asociados a partir del primer año de afiliación y que se encuentren al día con sus obligaciones económicas con el F.E.G | El valor del bono por cada categoría según la antigüedad de afiliación de los asociados al F.E.G. | Según presupuesto y aprobación de Junta Directiva. |
Actividades De Salud, Recreación, Deporte Y Cultura
promover actividades de salud preventiva, recreación, deporte y cultura, para los asociados, sus beneficiarios y empleados del FEG.
Detalle | Requisitos | Cuantía | Fecha límite para solicitarlo | ||||||||||||||||||||||||||
a. Las actividades de salud preventiva, recreación, deporte y cultura, promovidas directamente por el FEG | Los solicitados por el Comité de Bienestar |
| Según las Actividades Programadas. | ||||||||||||||||||||||||||
b. Las actividades de salud preventiva, recreación, deporte y cultura,promovidas por el FEG, a solicitud de los asociados | Los solicitados por el Comité de Bienestar |
| Según las Actividades Programadas. |